A- de 2021
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Hernando Tabares Tabares·Respondent Colpensiones
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto
- Competencia a prevención del lugar donde ocurrió la violación o donde tiene efectos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia en materia de tutela suscitado entreel Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Medellín y el Juzgado Promiscuo del Circuito de Santa Fe de Antioquia.
La controversia entre las autoridades judiciales involucradas tuvo su origen en las diferentes interpretaciones del factor territorial.
Ambos despachos presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde su produjo y tuvo sus efectos la vulneración de derechos fundamentales.
Luego de constatar que los dos juzgados tienen competencia para resolver la solicitud de amparo, la Corte decidió respetar la elección efectuada por el accionante y dispuso que fuera el de la ciudad de Medellín el que lo tramite.
Se ordenó el envío del expediente al precitado operador jurídico para que de manera inmediata adopte la decisión de fondo a la que haya lugar.
Se hizo una advertencia a este juzgado para que en lo sucesivo se abstenga de disponer el rechazo de acciones de tutela por falta de competencia y al otro juzgado en controversia se le advirtió que, en caso de considerar que existe un conflicto de competencia en materia de tutela este debe ser remitido a las autoridades judiciales encargadas de dirimirlo, según lo dispuesto por la Ley 270 de 1996 y de acuerdo con las reglas formuladas en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, en particular las expuestas en la presente providencia y en el Auto 550/18.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 6 de septiembre de 2021, proferido por el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito Especializado de Medellin, dentro de la accion de tutela instaurada por el senor Hernando Tabares Tabares contra Colpensiones.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC- 4072, que contiene la accion de tutela presentada por el senor Hernando Tabares Tabares, al Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito Especializado de Medellin para que, de manera inmediata, tramite el amparo y adopte la decision de fondo a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito Especializado de Medellin que, en lo sucesivo, se abstenga de disponer el rechazo de acciones de tutela por falta de competencia de acuerdo con lo senalado en la parte motiva de la presente providencia.
- Cuarto. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo del Circuito de Santa Fe de Antioquia que, en adelante, en caso de considerar que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser remitido a las autoridades judiciales encargadas de dirimirlo segun lo dispuesto por la Ley 270 de 1996, de acuerdo con las reglas formuladas en la jurisprudencia de la Corte Constitucional y, en particular, aquellas expuestas en la presente providencia y en el Auto 550 de 2018 de esta Corporacion.
- Quinto. Por Secretaria General, COMUNICAR al accionante y al Juzgado Promiscuo del Circuito de Santa Fe, la decision adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.